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Jornada de 42 horas: qué pasa con los trabajadores a honorarios

Camila Cárdenas, directora del área de Litigación y socia de SoyHonorario, explicó en BioBioChile por qué emitir boletas no siempre deja fuera de la reducción de jornada.

Desde el 26 de abril de 2026 rige la jornada laboral de 42 horas, una nueva etapa de la Ley 21.561, que redujo la jornada desde las 45 horas y tiene como meta llegar a 40 horas en 2028. Camila Cárdenas, directora del área de Litigación y socia de SoyHonorario, fue consultada por BioBioChile sobre una duda frecuente: qué pasa con quienes boletean.

A quiénes aplica la reducción

La ley aplica formalmente a quienes se rigen por el Código del Trabajo. Quedan fuera quienes prestan servicios a honorarios sin subordinación y los funcionarios públicos con estatutos especiales, que mantienen 44 horas. Para quienes acceden a la reducción, las remuneraciones no pueden bajar.

Emitir boletas no siempre deja fuera

“Muchas personas creen que, por emitir boletas de honorarios, no tienen derecho a la reducción de jornada. Pero si existe subordinación y dependencia, como tener jefe, horario y obligaciones permanentes, la ley laboral podría aplicarse igualmente”.

En ese caso, la persona podría solicitar el reconocimiento de la relación laboral, con derechos como vacaciones pagadas, cotizaciones previsionales, indemnizaciones y límites de jornada. Quienes trabajan a honorarios, pero reciben órdenes directas y cumplen funciones permanentes, podrían estar en una relación laboral encubierta.

Cómo se ajustan los horarios

La distribución de la reducción debe acordarse entre las partes o a través de los sindicatos. Si no hay acuerdo, se aplican los criterios de la Dirección del Trabajo: en jornadas de cinco días, una hora menos al final de dos días de la semana; en jornadas de seis días, 50 minutos menos en dos días y 20 minutos en un tercero.

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