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Sala cuna universal: qué significa para los trabajadores a honorarios

Camila Cárdenas, abogada socia de SoyHonorario, explicó en TVN, T13, Radio ADN y Publimetro qué cambiaría el proyecto para quienes emiten boletas.

El proyecto de Sala Cuna Universal avanza en el Congreso y muchas familias que trabajan a honorarios se preguntan si podrán acceder. Camila Cárdenas, abogada socia de SoyHonorario, fue consultada por varios medios sobre lo que cambiaría para quienes emiten boletas.

Lo vigente: hoy los honorarios no pueden exigir sala cuna

Actualmente, el artículo 203 del Código del Trabajo obliga a ofrecer sala cuna a las empresas con 20 o más trabajadoras. Quienes trabajan a honorarios no pueden exigir este beneficio con las reglas actuales.

“Para una persona que trabaja a honorarios, lo primero es distinguir entre el derecho vigente y lo que propone el proyecto. Actualmente, el Código del Trabajo no contempla este beneficio para trabajadores independientes en los mismos términos que para determinados empleadores. El proyecto abriría una vía de acceso para independientes, pero todavía no permite solicitar el aporte, porque no es ley vigente y exige cumplir requisitos previsionales específicos”.

En qué está el proyecto

  • El Senado lo aprobó el 8 de septiembre de 2026 y está en segundo trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.
  • El Gobierno ingresó urgencia de discusión inmediata el 21 de septiembre, y el proyecto pasó a las comisiones de Trabajo y de Hacienda.
  • Todavía puede modificarse, y el beneficio aún no puede solicitarse.

Qué se exigiría a quienes emiten boletas

Los trabajadores independientes se incorporarían de forma gradual. Emitir boletas de honorarios no bastaría: habría que cumplir requisitos de cotización y presentar antecedentes ante el Instituto de Previsión Social (IPS).

“Que el proyecto se denomine de Sala Cuna Universal no significa que todas las familias puedan acceder de inmediato ni bajo las mismas condiciones. En el caso de los trabajadores independientes, habría que cumplir requisitos de cotización y presentar antecedentes ante el Instituto de Previsión Social. Además, respecto del padre, el proyecto contempla expresamente la hipótesis del cuidado personal exclusivo. Por eso, será necesario revisar la etapa de implementación y el texto que finalmente se apruebe”.

El aporte tendría un tope

Se crearía un Fondo de Sala Cuna que aportaría a la matrícula y la mensualidad. Además, el Senado aprobó que exista copago cuando el Fondo no cubra totalmente el establecimiento elegido.

“Para quienes viven de trabajos por proyecto, el monto del aporte será un aspecto relevante. El proyecto contempla que, para los trabajadores independientes, el aporte se calcule sobre el costo efectivo de la matrícula y la mensualidad, pero con un límite máximo equivalente al establecido para las microempresas. Si el costo de la sala cuna supera ese límite, podría existir una diferencia que tendría que asumir la familia. Por eso, antes de tomar decisiones de cuidado o de trabajo sobre la base de este proyecto, conviene esperar la ley definitiva y sus reglas de implementación”.

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